El Gobierno amplió a 365 días el plazo para que los exportadores liquiden divisas. El propósito: mejorar el financiamiento y la competitividad del sector, en momentos en que el mercado busca una mayor apreciación del peso.
La Secretaría de Comercio dispuso mediante una resolución, publicada este martes en el Boletín Oficial, que los exportadores cuyas operaciones están comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur “deberán ingresar las dividas al sistema financiero local dentro del plazo de 365 días corridos“.
El anterior plazo, establecido por resoluciones de marzo y abril de este año, era de 180 días para una lista de productos, medida que el gobierno había tomado para flexibilizar los requisitos de los exportadores, que venían reclamando mejores condiciones de competitividad.
Según la Resolución 91/2016, el nuevo plazo apunta a “promover la competitividad de la economía local así como una mayor inserción comercial“, además de buscar “abrir mercados a los productos argentinos, con reglas simples de exportación y facilidades de financiación para todo el universo de productores, empresas y exportadores“.
“Es un nuevo paso positivo y confiamos que se amplíe para el caso de bienes de capital y partes y piezas para su construcción, y en el caso de licitaciones internacionales“, indicó el presidente de la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA), Enrique Mantilla.